La reforma que eleva a nivel de ley la prohibición de
importar y exportar cigarros electrónicos, en todas sus modalidades, fue
publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación.
Se trata de la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y
Exportación (LIGIE), aprobada por el Congreso en su último periodo de sesiones,
a la cual se le agregó la prohibición de introducir o sacar del País estos
productos:
«Cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización
eléctricos o electrónicos similares, incluyendo aquellos novedosos y emergentes
que utilicen tabaco calentado, los Sistemas Electrónicos de Administración de
Nicotina (SEAN), Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), y Sistemas
Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN) y similares».
Los SSSN y los SEAN son vaporizadores que usan sustancias no
relacionadas con el tabaco, mientras que los SACN son los calentadores de
tabaco.
Desde febrero de 2020, el Ejecutivo Federal prohibió por decreto la importación
de los SSSN y los SEAN, mientras que los calentadores de tabaco estuvieron
exentos de dicho decreto, pero solo en el periodo de julio a octubre de 2021.
La reforma a nivel de ley se suma a otro decreto del Ejecutivo, publicado el
pasado 31 de mayo, que prohíbe absolutamente la comercialización y circulación
de cigarros electrónicos en todo el País.
La postura del Ejecutivo y el Congreso es abiertamente contraria a
jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, vigente desde el pasado 11 de
abril, que declara inconstitucional la prohibición absoluta de productos
similares al tabaco, como los cigarros electrónicos.
La jurisprudencia solo es obligatoria para los jueces. Por tanto, es previsible
que la LIGIE y el nuevo decreto Presidencial serán combatidos por medio de
juicios de amparo.
La LIGIE solo podrá ser impugnada por las empresas que se dedican a importar
estos dispositivos, pero la prohibición generalizada del decreto Presidencial
también podría ser impugnada por los consumidores, muchos de los cuales
sostienen que este tipo de productos los han ayudado a dejar el cigarro
tradicional.
Cabe mencionar que la nueva LIGIE no entrará en vigor de inmediato, pues el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene 180 días naturales para
determinar que los sistemas utilizados en las operaciones de comercio exterior
cumplen los requisitos de la nueva norma.
Es probable que amparos contra esta ley, por tanto, no serian admitidos por los
jueces sino hasta que se cumpla el requisito mencionado para la entrada en
vigor.