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La reforma entrará
en vigor el 1 de enero de 2023
Tijuana,
BC, 28 de diciembre.- El Diario Oficial de la Federación, dio a conocer la
publicación del decreto de “vacaciones dignas” por el cual se reforman los
artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, a fin de otorgar más días de
vacaciones a los trabajadores.
El
pasado 14 de diciembre, el Pleno del Senado de la República aprobó en lo
general y en lo particular la iniciativa de vacaciones dignas para instituir un
periodo obligatorio de 12 días de vacaciones a los trabajadores después de su
primer año laborado.
El
artículo publicado detalla lo siguiente:
Artículo
Único.- Se reforman los artículos 76 y
78 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo
76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un
año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en
ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos
días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.
A
partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada
cinco de servicios.
Artículo
78.- Del total del periodo que le corresponda
conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora
disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a
potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo
que así lo requiera.
Por lo
anterior y de acuerdo a lo publicado, a partir del 1 de enero del 2023 que
entra en vigor dicha reforma, los trabajadores podrán decidir si toman sus 12
días mínimos de vacaciones continuas o los dividen a como mejor les convenga.
La
publicación lo especifica:
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el 1.° de
enero de 2023, o al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación, si esta fuera en el año 2023.
Segundo.- Las modificaciones motivo del presente Decreto
serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes
a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación,
siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas
trabajadoras.