NO LICENCIA A LOS BORRACHOS

NO LICENCIA A LOS BORRACHOS

Aguascalientes, 2 de diciembre. – El pleno de la LXV Legislatura local aprobó por unanimidad reformas a la Ley de Movilidad y al Código Penal del Estado para suspender o cancelar las licencias de conducir a todas aquellas personas que manejan bajo los influjos del alcohol o de sustancias tóxicas, provocando accidentes viales que en muchas ocasiones se traducen en la pérdida de vidas humanas.

La licencia de conducir se suspenderá de 1 a 6 meses cuando:

1.     El titular sea sancionado por segunda vez en un período de 12 meses por conducir con aliento alcohólico o cometer alguna infracción diversa a la presente ley, conduciendo en dicho estado.

2.    El titular sea sancionado por segunda vez en un período de 12 meses por exceder los límites de velocidad establecidos.

3.    El titular sea sancionado por segunda vez en un período de 12 meses por alterar el orden público al conducir.

La licencia de conducir se cancelará cuando:

·         El titular sea sancionado por segunda vez en un período de 12 meses por conducir en estado de ebriedad.

·         Al titular se le sancione por segunda vez en un período de 12 meses con la suspensión de la licencia, en términos del artículo 109 y 110 de esta ley.

·         Durante su vigencia, la autoridad que expidió la licencia se percata que la documentación exigida por el solicitante de la licencia es falsa o este proporcionó informes falsos en la solicitud correspondiente, así como cuando la documentación presente alteraciones o modificaciones visibles.

·         Así lo establezca una sentencia judicial que haya causado ejecutoria.

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