La Comisión Federal de Competencia Económica
(Cofece) resolvió que el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM)
cometió una práctica monopólica en la modalidad de negativa de trato, mediante
la cual impidió que un agente económico prestara el servicio de autotransporte
federal de pasajeros, en la modalidad de autobús integral y/o vagoneta, con
origen o destino al AICM.
Cabe señalar que el aeropuerto ya había sido
sancionado por la Cofece por la realización de una práctica monopólica, razón
por la que es considerado infractor reincidente, por ello el Pleno de la
Comisión impuso una multa de 848 millones 888 mil 633 pesos.
A través de diferentes acciones, señaló la Cofece,
AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre UNE
(UNE) el servicio de acceso en el Aeropuerto.
Mediante dicha conducta, impidió que UNE pudiera
ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de
Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos
permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en
perjuicio de los usuarios.
El Pleno de la Comisión consideró que el AICM
tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al
Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de
pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único oferente y no
existen sustitutos (expediente DE-013-2018).
Al rehusarse a prestar el acceso a UNE, sin que
existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los
permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar
presiones competitivas. Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los
usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores
precios de no haberse configurado la práctica prohibida.