Cd.
de México 28 julio 2022.- El gas LP estará sujeto a precio máximo por tiempo indefinido.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó hoy
Acuerdo con la metodología para fijar los precios, que
ya no será una disposición de emergencia como la que entró en vigor a finales
de julio de 2021, y, por tanto, no tendrá un periodo predeterminado de
aplicación.
«Fijar precios máximos al gas LP equivale a otorgar un
beneficio a la comunidad, a la colectividad, que se mantendrá fijo y
permanente con la presente regulación, a efecto de impedir que el alza en
los precios de los combustibles sea pagada a costa de los ciudadanos,
aproximadamente el 79 por ciento de la población mexicana utiliza el gas
LP como el principal combustible en sus actividades cotidianas, por lo
tanto, es perceptible el interés social que conlleva regular los precios excesivos»,
explica el Acuerdo.
El tope de 2021 fue establecido a raíz de una Directriz de Emergencia de la Secretaría de Energía, con una
vigencia inicial de seis meses, que por ley solo podía prorrogarse por otro
periodo igual, que vence mañana.
La CRE sostiene que el tope ha sido exitoso en proteger
a los consumidores, ya que, sin esta medida, el precio hubiera
llegado a 35.36 pesos por kilo, en vez de entre 23 y 27 pesos actuales, según
la región.
También estima que, en un periodo de doce meses, el tope permanente resultará en ahorros de 29
mil 62 millones de pesos para 23 millones de familias, sin que se afecte la
capacidad operativa de las 876 empresas permisionarias.
Otro punto a favor del nuevo Acuerdo es que, en diciembre pasado, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emitió
un dictamen preliminar, en el que determina que no existen condiciones de
competencia efectiva en 213 de los 220 mercados de distribución de gas LP en
todo el País.
La ausencia de condiciones efectivas de competencia está prevista en la Ley de Hidrocarburos como fundamento para
establecer topes al precio del gas LP, que, de otra manera, tendría que ser
fijado libremente por las empresas.
Durante el proceso de consulta pública para este acuerdo, las asociaciones y
empresas del sector advirtieron falta de claridad en las variables de la
fórmula para calcular el precio, afectaciones a la distribución en localidades
pequeñas o alejadas, y fomento al huachicol, amen que la Cofece aun no dicta
una resolución definitiva sobre condiciones efectivas de competencia.
La CRE solo cambiará la metodología para fijar los precios
máximos una vez que la Cofece emita el dictamen final de su investigación
sobre las condiciones de competencia en el mercado de gas LP, o cuando sus
propios monitoreos lleven al órgano regulador a considerar necesarios
ajustes en algunas regiones.
Cabe recordar que, en 2021, decenas de empresas del sector
promovieron amparos para impugnar los acuerdos de emergencia para el precio
máximo.
Sin embargo, los jueces federales especializados en Competencia Económica se
negaron a suspender la medida, por considerar que afectarían a la mayoría de la
población.
El Poder Judicial aún no ha resuelto sobre la legalidad de los acuerdos de
emergencia, que era dudosa, porque no existía ni siquiera un dictamen
preliminar de Cofece sobre condiciones de competencia efectiva, pero esos
juicios quedaran superados una vez que entre en vigor el nuevo Acuerdo
permanente.