COMENZARÁ RETIRO DE ESPECTACULARES

COMENZARÁ RETIRO DE ESPECTACULARES

El plazo para retirar los anuncios prohibidos, en particular los instalados sobre azoteas, comenzó a correr el 7 de junio, cuando entró en vigor la Ley de Publicidad Exterior.

«A las personas responsables de los anuncios de azotea que no sean retirados en el periodo de un año contado a partir de la entrada en vigor de la presente ley, se les impondrá multa», cita la normatividad promulgada en la Gaceta Oficial del 6 de junio.

Durante un recorrido, se constató que sobre el Viaducto están instalados una sucesión de anuncios en azotea.

«Una vez entrando en vigor la ley, inicia un año improrrogable para que se bajen todos los anuncios espectaculares que están en las azoteas de edificios e inmuebles de la Ciudad de México», enfatizó el Secretario de Gobierno, Martí Batres, el 28 de mayo.

Mantener anuncios en azoteas será un delito, indica la ley.

«Comete el delito en contra de la protección, conservación y regulación del paisaje urbano, quien permita la instalación de un medio publicitario en azotea, así como adosado, tapial, valla o muro ciego sin contar con la licencia o autorización», anota.

Se impondrán de tres a seis años de prisión, así como multa de 500 a 15 mil veces la Unidad de Medida, de 48 mil 110 pesos a un millón 443 mil pesos.

Debido a que la mayor parte de los espectaculares instalados en azoteas, están resguardados por juicios de amparo, la ley prevé:

«En todos los casos de los medios publicitarios instalados en azoteas, que estén incluidos en el Padrón Oficial de Anuncios Sujetos al Reordenamiento de la Publicidad Exterior del 18 de diciembre de 2015, independientemente del status, deberán ser retirados».

A cambio de retirar las carteleras prohibidas en azotea, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) otorgará permisos para anuncios con otros formatos, de menor riesgo e impacto visual, plantea la Exposición de Motivos.

«Tratándose de los medios publicitarios colocados en muros ciegos y azoteas que en términos de lo previsto en este transitorio, la Seduvi haya determinado que no es procedente su permanencia, cambio de modalidad o reubicación, se presumirán como ilegales», anota.

En este caso, el Instituto de Verificación Administrativa (Invea) procederá a su retiro, con cargo a las personas responsables del anuncio.

«El Gobierno de la Ciudad podrá retirar los medios publicitarios prohibidos notificando el crédito fiscal correspondiente a las personas físicas o morales propietarias de los mismos», señala.

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