¿SI FALTARA EL PRESIDENTE?

El artículo 84 de la Constitución contempla que en caso del  fallecimiento del Presidente, será el Secretario de Gobernación, quien tomaría el poder de manera provisional, mientras el Congreso nombra a un Presidente interino en un plazo no mayor a 70 días. En caso de que esto suceda en los dos primeros años de la administración, se constituirá inmediatamente en Colegio Electoral que llamará a un escrutinio secreto, y que por mayoría absoluta de votos elegirá al presidente interino. Dentro de los 10 días siguientes al nombramiento, los legisladores deben publicar la convocatoria para nuevas elecciones en los próximos siete

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AMLO irá Centroamérica

En la mañanera AMLO irá Centroamérica La Redacción.   El presidente López Obrador informó realizará una gira por Centroamérica, a la toma de posesión de la nueva mandataria de Honduras, comentó en su mañanera que es una de las razones del viaje para felicitarla por el triunfo de Xiomara Castro en las elecciones presidenciales del país centroamericano. Agregó, que le da gusto el triunfo de Gabriel Boric en las elecciones de Chile. “Fue algo muy esperanzador para América Latina, y vamos a mantener buenas relaciones con todos los gobiernos bajo los principios constitucionales”. Remató el mandatario.

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