Érika Hernández
Agencia Reforma
Ciudad de México 12 enero 2024.- La Sala
Especializada del Tribunal Electoral determinó que el Presidente Andrés Manuel
López Obrador usó indebidamente, el 1 de julio del 2023, recursos públicos para
festejar su triunfo presidencial.
Con dos
votos a favor y uno en contra, los magistrados afirmaron que dicho evento, en
el que el tabasqueño celebró en el Zócalo capitalino el quinto aniversario de
su llegada a la Presidencia, fue un acto de promoción personalizada.
«(Se
determina) la existencia de la promoción personalizada, ya que el funcionario
público contrastó el ejercicio de la administración pública que encabeza con
aquellas de periodos anteriores, asoció los logros, acciones y promesas
gubernamentales, en lo individual, con la finalidad de generar adhesión o
aceptación de la ciudadanía, y envió, sistemáticamente, la conjugación de
verbos en primera persona del plural y en primera persona del singular.
«La
existencia del uso indebido de recursos públicos, pues para la organización,
desarrollo y función del evento denunciado se emplearon recursos financieros,
humanos y materiales (del gobierno)», resolvió la Sala.
La Sala
determinó que el Primer Mandatario se pronunció en contra de partidos
opositores, conducta que pudo influir en las preferencias electorales.
En su
discurso, López Obrador advirtió que se ha creado un «poder
conservador», que busca regresar al gobierno, por lo que aseguró a las
fuerzas políticas y sociedad civil contraria a él, que, si no cambian su manera
de pensar, no llegarán lejos.
«Como
es natural, el proceso de transformación del País ha creado una oposición
conservadora, obcecada en regresar por sus fueros, sus líderes, sus jefes, no
conciben ni aceptan que ahora se gobierna para todas y todos, y no sólo en
beneficio de una minoría», señaló.
Ante esto,
la Sala determinó que con estos dichos, el Presidente no cumplió con su
obligación, en todo momento, de garantizar imparcialidad.
«La
existencia de la vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y
equidad, dado que el Presidente realizó una serie de descalificaciones en torno
a fuerzas políticas opuestas a las que le llevaron al poder», indicó.
Se dio vista
a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE para que determine si
procede iniciar un procedimiento especial sancionador para investigar si los
titulares de la Coordinación de Comunicación Social de Presidencia y del Centro
de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) incurrieron en
alguna infracción electoral.
El
Presidente no puede ser sancionado por infracciones electorales, por lo que
únicamente se declara su responsabilidad.
El
magistrado Rubén Lara votó en contra al considerar que no atendieron la
exigencia de la Sala Superior, quien les ordenó analizar si las expresiones
implicaban un beneficio para Morena y perjuicio para los otros partidos.
«Estamos diciendo que no hay un
beneficio, no hay un posible impacto para las posiciones contrarias y
terminamos diciendo sólo que hay promoción personalizada. Nos alejamos del
cumplimiento», consideró.
En la sesión
de la Sala Especializada se resolvió sancionar a Xóchitl Gálvez con 7 mil 261
pesos por la difusión en Facebook de propaganda política con la imagen de una
niña, sin proteger su rostro ni contar con los permisos para mostrarlo.
Mientras que
a los partidos que la postulan como precandidata, PAN, PRI y PRD, deberán pagar
una multa de 41 mil 496 pesos cada uno por no atender su deber de cuidado.
En las
últimas semanas, Gálvez ha sido sancionada por el mismo hecho.