La
diputada del PAN, Patricia Terrazas Baca, exhortó a la Comisión de Hacienda a
dictaminar la iniciativa que le fue turnada desde abril para recomponer la
reforma de 2019, que establece que las imputaciones por contrabando,
defraudación y uso de facturas falsas constituyen una conducta de delincuencia
organizada y, por tanto, son motivo de prisión preventiva oficiosa.
Lo anterior, luego de calificar como un
acierto jurídico que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
determinara que los delitos fiscales de contrabando, defraudación y uso de
facturas falsas no constituyen una conducta de delincuencia organizada y, en
consecuencia, no son susceptibles de prisión preventiva oficiosa.
La legisladora señaló que al invalidar la
Corte el artículo 2º, párrafo primero, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, de
la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, le otorga la razón al Grupo
Parlamentario del PAN, que impugnó la reforma impulsada y aprobada por Morena
en 2019.
Terrazas Baca precisó que el 8 de noviembre
de ese año, tras la aprobación de la reforma, el Ejecutivo Federal publicó el
decreto que establece como delincuencia organizada el contrabando y la
defraudación fiscal, así como la expedición, enajenación, compra o adquisición
de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos
jurídicos simulados, por un monto superior a 7 millones 800 mil pesos, por lo
que se establece la prisión preventiva oficiosa.
La también secretaria de la Comisión de
Hacienda recordó que en abril de este año, a nombre de su bancada, presentó
ante el Pleno de la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de decreto
para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional y del Código
Nacional de Procedimientos Penales, con el fin de atender lo que la SCJN ha
considerado es inconstitucional.
Explicó que, en su momento, la reforma en
comento fue muy cuestionada, sobre todo por Acción Nacional, durante el proceso
de discusión y aprobación, pues siempre dijo que con ella se aumentaba el
catálogo de prisión preventiva oficiosa y violentaba de manera flagrante la
Constitución Política.
Actualmente, dijo, el artículo 19 de la
Carta Magna no contempla la prisión preventiva oficiosa en los delitos de
contrabando, defraudación fiscal y la expedición, enajenación, compra o
adquisición de comprobantes fiscales.
“Es importante precisar que nadie está en
contra de los esfuerzos para combatir el contrabando, la defraudación o la práctica
de compra-venta de facturas mediante las cuales se simulan operaciones y se
evaden impuestos, pero no es violentando la Constitución ni poniendo en riesgo
a las empresas.