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Ministros
consideraron que dificulta la reinserción social
CDMX, 17 de
febrero de 2023. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el
Registro Público de Agresores Sexuales (RPAS) de la Ciudad de México al
determinar que viola el derecho de reinserción social, genera estigma y una doble
pena para sentenciados por delitos de feminicidio, violación, abuso y acoso
sexual.
Este formaba parte
de una serie de reformas que aprobó el Congreso de la Ciudad de México en 2020
a las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de los
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el Código Penal.
Con ocho votos a favor,
el máximo tribunal consideró que el padrón de agresores sexuales viola la
presunción de inocencia y dificulta la reinserción social, además de exponer
preceptos como la protección de datos personales.
Las acciones de
inconstitucionalidad fueron promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México al argumentar
que viola los derechos fundamentales de las personas que pretendían incluir en
el registro.
Durante la
discusión, la ministra presidenta Norma Lucía Piña indicó que este podría
servir como un instrumento público para la investigación y prevención.
Así mismo, el
ministro Arturo Zaldívar consideró que el Registro no impone una pena
adicional, además de ayudar a prevenir y salvaguardar los derechos y la
integridad de las mujeres frente a este tipo de delitos.
La ministra Yasmín
Esquivel recordó que entre 2017 y 2020 incrementaron los delitos de carácter
sexual, por lo que expuso la necesidad de contar con el registro para mejorar
los niveles de protección de los derechos humanos de las mujeres.
En cuanto a los
ministros Luis María Aguilar y Alfredo Gutiérrez Ortiz, ambos se manifestaron
en contra al considerar que viola la presunción de inocencia, la reinserción
social y es inconstitucional.