La Suprema Corte de Justicia reservó hoy durante
cinco años los datos sobre las condiciones esenciales de contratación, y los
comprobantes de pago, para la compra de vacunas contra Covid-19 de
Pfizer-BioNtech, AstraZeneca y Cansino.
Por amplias mayorías, el Pleno de la Corte declaró que difundir esta
información implica un riesgo para la seguridad nacional, pues se violarían
cláusulas de confidencialidad de los contratos y se pondría en peligro el
suministro de vacunas.
Las tres empresas mencionadas han surtido casi 80 por ciento de los 225
millones de dosis recibidas por México.
La Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) ha difundido versiones públicas de
los contratos, con censura de párrafos que detallan pagos, responsabilidades,
garantías, datos personales, propiedad intelectual y los términos de las
propias cláusulas de confidencialidad, mismos que seguirán sellados.
En diciembre de 2020, la Secretaría de Salud (Ssa) reservó la información por
cinco años, el Instituto Nacional de Acceso a la información (INAI) redujo el
plazo a dos años, pero la Corte lo volvió a extender a cinco años, el máximo
que permite la ley, que se cuentan precisamente a partir de diciembre de 2020.
La Corte declaró fundados dos recursos promovidos por el Ejecutivo federal,
previstos en la Ley de Seguridad Nacional, que permiten a los Ministros asumir
las funciones del INAI y modificar por completo y en definitiva las
resoluciones de este último.
Varios ministros argumentaron que prolongar la reserva es necesario, porque se
desconoce el periodo de duración de la inmunidad que proveen las vacunas, la
pandemia no ha terminado, el virus es impredecible, y no se sabe si México
tendrá que negociar de nuevo con las farmacéuticas para incrementar el abasto.
En cuanto a la vacuna rusa de Sputnik, la SRE no ha difundido versión pública
del contrato, pero la Corte confirmó la decisión del INAI de que no hay
impedimento para hacerlo, siempre que aplique la misma reserva de cinco años
para los datos relevantes.
Javier Laynez, en la mayoría, advirtió que las cláusulas de confidencialidad
que aceptó el Gobierno no deben ser la base del fallo de la Corte, pues eso
podría servir de pretexto para sellar todos los contratos.
Agregó que la base debe ser el contexto de emergencia generado por la pandemia,
asi como la intensa competencia entre países para conseguir las vacunas.
«El contexto de pandemia desequilibra y desquicia a los Estados»,
dijo Margarita Ríos-Farjat, sumándose al cuestionamiento de Láynez.
En la minoría, Norma Piña cuestionó que sean cláusulas contractuales, y no la
naturaleza de la información, las que determinen que no se deben difundir datos
sobre uso de recursos públicos.
Destacó que, en los contratos con AstraZeneca y Cansino, está permitido
divulgar información si lo prevén las leyes, o por procedimientos
administrativos o judiciales.
Alberto Pérez Dayan dijo que UNICEF ya ha publicado que México paga cuatro
dólares por dosis de vacuna AstraZeneca, entre otros datos.
Entre 2021 y lo que va de 2022, la Consejería Jurídica del Ejecutivo ha
promovido al menos 27 recursos ante la Corte para frenar resoluciones del INAI
sobre acceso a la información sobre compra y aplicación de las vacunas.
En diciembre pasado, por ejemplo, la Corte suspendió la difusión de los lotes
de vacunas recibidos de cada farmacéutica, el número de dosis en cada lote, los
lugares de aplicación y los datos de los lotes que estaban almacenados.