TOCA TURNO A LAS PERSONAS FÍSICAS

TOCA TURNO A LAS PERSONAS FÍSICAS

Arrancó el cuarto mes del año y con ello también la obligación de las personas físicas de presentar su declaración anual ante el SAT teniendo como fecha límite el 30 de abril, así lo dio a conocer el ex presidente del Colegio de Contadores Públicos de Aguascalientes, José Alfredo Franco Hernández.

El especialista informó que la obligación aplica para aquellas personas que tengan una actividad independiente por algún negocio, para los profesionistas que cobren honorarios, para aquellos que tienen bienes inmuebles en arrendamiento, los asalariados que perciben en un año más de 400 mil pesos de ingresos, o bien que durante el año hayan tenido dos patrones distintos, entre otros conceptos, lo que implica hacer un ejercicio de repaso del cumplimiento de obligaciones fiscales de todo el año pasado para determinar si hay alguna cantidad a pagar a la autoridad fiscal o bien si se tiene algún saldo a favor.

En el caso de las deducciones, recordó que se pueden considerar los créditos hipotecarios, los gastos médicos, los donativos, así como el pago de colegiaturas desde nivel preprimaria a técnico superior.

Para la presentación de la declaración anual estableció que las personas deben tener a la mano su Registro Federal de Contribuyentes, su contraseña y su firma electrónica vigente y en caso de que algún contribuyente no los tenga actualizados puede hacer uso de la herramienta denominada SAT ID, que es una aplicación a través de la cual pueden generar su nueva e.firma y de esta forma evitar acudir de forma presencial al SAT, sobre todo ahorita ante la escasez de citas.

 

Aclaró que con motivo de la reforma fiscal, algo que ha afectado en la práctica es que se han presentado casos de personas que estaban en el esquema de outsourcing o que facturaban vía honorarios a las empresas donde laboraban, por lo que ahora deben aclararle al SAT que van a cambiar de actividad como asalariados y eso corresponde a los empleados. “Eso implica tener a la mano su contraseña y firma electrónica vigente y si no la tienen, no pueden hacer el cambio. Esto es lo que nos implica es que tengamos que en resumen tener nuestra firma electrónica correcta”.

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