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Las y los contribuyentes que
realicen el pago anual anticipado en una sola exhibición recibirán descuentos
de 8, 6 y 4 por ciento durante enero, febrero y marzo.
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La Ley de Ingresos de los
Municipios también considera bonificaciones para contribuyentes cumplidos.
Toluca de Lerdo, México, 12 de enero de 2024.- Como parte de los
beneficios fiscales para la población mexiquense en el pago del predial y del
agua, como parte del Paquete Fiscal 2024, el Congreso mexiquense aprobó que los
gobiernos municipales puedan otorgar condonaciones y descuentos en el pago del
predial y agua potable, en las regularizaciones por estos servicios, así como
en el predial para quienes posean inmuebles que acrediten el manejo integral de
residuos sólidos urbanos.
De
acuerdo con la Ley de Ingresos de los Municipios Estado de México, aprobada por
el Congreso mexiquense para este año, el pago anual anticipado de predial cuando
se realice en una sola exhibición dará lugar a un descuento de 8, 6 y 4 por
ciento durante enero, febrero y marzo, respectivamente; además de un estímulo
adicional a las y los contribuyentes cumplidos en los últimos dos años de 8 por
ciento durante enero; 6 por ciento en febrero y 2 por ciento en marzo. Para
ello, la autoridad fiscal podrá consultar en los registros que obran en el
histórico de pagos electrónicos o mediante la solicitud de los comprobantes de
pago.
Respecto
a los servicios de agua potable, se estableció una bonificación de 8, 6 y 4 por
ciento enero, febrero y marzo, respectivamente, cuando se realice el pago anual
anticipado en una sola exhibición, mientras que por pago cumplido en los
últimos dos años el descuento adicional es de 4 por ciento durante enero y 2
por ciento durante febrero.
En los casos de
suministro de agua potable con medidor, la autoridad fiscal recibirá el pago
anual anticipado sobre el promedio anual del ejercicio fiscal anterior aplicando
las bonificaciones señaladas. No obstante, al finalizar el sexto bimestre se
determinará el total de metros cúbicos consumidos, para lo cual, si existiera un
mayor número de metros cúbicos suministrados que los pagados de forma
anualizada, se notificará al contribuyente la diferencia para que se realice el
pago correspondiente dentro de los primeros 17 días posteriores a la
notificación. De resultar una diferencia a favor del contribuyente, se hará la
compensación con el pago que se realice del Ejercicio Fiscal siguiente.
Respecto a las
regularizaciones para el pago de impuesto predial, el Congreso mexiquense
aprobó bonificaciones de hasta 100 por ciento respecto a ejercicios fiscales
anteriores y de los accesorios legales causados para quienes busquen la
regularización de la tenencia de la tierra y para poseedores de predios
destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales.
Además, para las y los propietarios
o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación se estableció un 50 por
ciento de bonificación en la regularización de pagos por impuesto predial y de
los derechos por los servicios de suministro de agua potable, drenaje y
alcantarillado.
Asimismo, con el
objetivo de cuidar el medio ambiente, se precisó que los ayuntamientos podrán otorgar
bonificaciones hasta 10 por ciento en el pago del impuesto predial, siempre que
el contribuyente acredite el manejo integral de residuos sólidos urbanos o la
práctica de acciones de impacto dirigidas a la sostenibilidad del medio ambiente,
conforme a lo previsto por las disposiciones que rigen la materia, previa
emisión del dictamen de procedencia emitido por la unidad administrativa
municipal encargada de medio ambiente o ecología.